La Administración de Justicia va a verse seriamente afectada por la crisis del Covid-19. La vuelta al funcionamiento se plantea como gradual, pero la entrada de asuntos nuevos será más parecida a una avalancha. Si la Administración sanitaria se ha visto sobrepasada por el tsunami de la pandemia, la de Justicia muy difícilmente va a poder dar respuesta a las necesidades de los ciudadanos. El propio Consejo General del Poder Judicial ha reconocido que ante “esta situación excepcional y sin precedentes,… se producirá una situación inédita y excepcional en nuestros juzgados y tribunales”.
Los efectos en las relaciones comerciales, industriales y empresariales en todos sus ámbitos se han visto afectadas por una situación sobrevenida y excepcional que está originando, y continuará haciéndolo, múltiples conflictos por incumplimientos contractuales, imposibilidad de realización de prestaciones comprometidas, excesiva onerosidad de las contrapartidas pactadas en una situación completamente diferente, y todo tipo de incumplimientos provocados por situaciones de insolvencias. Al igual que con el resto de los aspectos económicos de esta crisis, las empresas tienen que continuar tomando la iniciativa y resolviendo sus problemas sin esperar a que sea la Administración quien los resuelva. Para resolver la alta tasa de conflictividad que nos espera debemos asumir que tenemos que ser parte de la solución.
El mismo CGPJ ha subrayado que “resulta esencial en estos momentos buscar fórmulas que incentiven la solución extrajudicial de conflictos, reservando la intervención judicial para aquellos casos realmente necesarios, evitando que, en definitiva, ésta se constituya en la primera opción”. Ante esta situación, se hace más necesario que nunca insistir en la utilización de la vía de la mediación para la resolución de conflictos. España ha ido tarde en la trasposición de la Directiva sobre Mediación, y por ello es una institución muy poco conocida y utilizada aquí, en contraste con otros países como Italia, en los que se acogió y se adaptó, dando unos resultados notables. Creemos que se debe agilizar la tramitación del Anteproyecto de Ley de Mediación y ajustarlo a las necesidades que ahora se plantean, y establecer los mecanismos que doten de obligatoriedad, como la condena en costas ante la mala fe para aquellos que se nieguen a intentar la mediación.
Mecanismo eficaz
Sin embargo, las empresas no pueden esperar a que esto suceda, porque someter ahora un problema a los tribunales supone demorar su solución durante años, y además quedar a expensas de que lo resuelva un tercero de una manera insatisfactoria para ambas partes. Frente a eso, la mediación permite negociar con la ayuda de un mediador la búsqueda de una solución que se adapte a los intereses de las partes, sin la limitación que supone la toma de posición adoptada en un procedimiento judicial. Con la ventaja de que no se está obligado a aceptar una solución propuesta por un tercero, sino que es absolutamente voluntario. La actuación de ese tercero neutral e imparcial con obligación de confidencialidad absoluta que puede reunirse con las dos partes, simultáneamente y por separado para ayudar a conciliar los intereses en juego, se ha revelado en los países en que se ha puesto en marcha como un mecanismo muy eficaz para la resolución de conflictos.
Desde la sociedad civil y con las empresas al frente, como lo han estado haciendo desde que empezó la crisis, debemos también en esto dar un paso y demostrar que somos una sociedad madura y capaz de resolver nuestros problemas a través de mecanismos que permiten superar los conflictos manteniendo las relaciones creadas con clientes y suministradores cuya colaboración será necesaria para que salgamos adelante.
Existen, afortunadamente, en España varios centros que se encargan de facilitar la mediación, encauzándola desde el comienzo y proponiendo a las partes una lista de mediadores entre los que puedan elegir al que consideren más idóneo para facilitar una solución a su conflicto. Estos centros cuentan ya con una notable experiencia en conflictos entre empresas y con una lista de mediadores experimentados.