La pandemia global ocasionada por el coronavirus ha obligado a los gobiernos a adoptar una serie de medidas extraordinarias para gestionar la grave crisis sanitaria a la que se enfrentan los países. Dichas medidas han consistido por lo general en el confinamiento de la población para intentar reducir la tasa de contagios y no colapsar las infraestructuras sanitarias, así como en restringir drásticamente todas aquellas actividades consideradas como no esenciales.
Asistimos a una situación sin precedentes cuyas consecuencias sociales, económicas y jurídicas nos van a acompañar durante mucho tiempo.
La fuerte contracción de la demanda obligada por las circunstancias está incidiendo seriamente en la capacidad de muchas empresas de cumplir con sus obligaciones, colocándolas ante la imposibilidad de seguir respetando sus contratos o ante la necesidad de modificarlos o suspender su ejecución temporalmente, mientras se mantenga la situación excepcional que vivimos.
Tanto los órganos de gobierno de la judicatura como los despachos de abogados están preparándose para la avalancha de demandas relativas a contratos afectados por las medidas adoptadas a raíz de la emergencia sanitaria que se anuncian en el horizonte.
En España, por ejemplo, el Consejo General del Poder Judicial ha remitido al gobierno una serie de propuestas para su inclusión en un próximo Real Decreto-ley de medidas urgentes para la Administración de Justicia. Entre las relativas al orden jurisdiccional civil, se plantea incluso establecer un nuevo procedimiento para tramitar las demandas que tengan por objeto la modificación de contratos afectados por las medidas adoptadas a raíz de la emergencia sanitaria, que, en muchos casos, han impedido el cumplimiento adecuado de lo pactado, hasta convertirlo en imposible. La admisión a trámite de este nuevo procedimiento estaría condicionada a haber intentado una solución extrajudicial previa.
Desde Fide consideramos imprescindible acudir a mecanismos alternativos de resolución de conflictos que eviten recurrir a los tribunales, cuyo grado de saturación se va a ver incrementado por encima de los niveles habituales.
Entre tales mecanismos, el Club CEDR/Fide promueve el uso en materia civil y mercantil de una mediación de calidad que, por su rapidez y reducido coste, por comparación con el arbitraje o con un procedimiento judicial, está llamada a convertirse en un recurso clave en los próximos meses para gestionar disputas comerciales.
Para reflexionar sobre las ventajas de la mediación y la gestión de acuerdos negociados y explorar la experiencia de los profesionales de otros países de habla hispana sobre esta fórmula, hemos organizado una sesión de trabajo virtual el próximo día 4 de mayo, de 17.00 a 18.30 horas (hora de Madrid), mediante la plataforma Teams de Microsoft, a la que invitamos a participar a nuestros colegas latinoamericanos.
Bajo la moderación de Cristina Jiménez Savurido, Presidente de Fide, generaremos un debate en el que intervendrán diferentes miembros del Club CEDR/Fide y en el que pretendemos escuchar medidas y sugerencias de todos los profesionales que participen.
Metodología: La dinámica de celebración de las sesiones respetará el régimen habitual de Fide y la participación e interactuación de los ponentes y asistentes. Si precisas algún tipo de asistencia con el seguimiento de la sesión por razones tecnológicas también podemos ayudarte.
Inscripciones: Para participar en esta actividad, te ruego confirmes tu asistencia a carmen.hermida@fidefundacion.es